Manejo de Residuos Peligrosos
Biológico-Infecciosos – RPBI –
De acuerdo con la NOM-087-ECOL-SSA1-2002 sobre el manejo de RPBI, la norma señala como agente biológico-infeccioso «cualquier organismo que sea
capaz de producir enfermedad. Para ello se requiere que el
microorganismo tenga capacidad de producir daño, esté en una
concentración suficiente, en un ambiente propicio, tenga una vía de
entrada y estar en contacto con una persona susceptible».
Se consideran residuos peligrosos biológico-infecciosos los siguientes:
- S A N G R E
- C U L T I V O S Y C E P A S D E A G E N T E S B I O L Ó G I C O - I N F E C C I O S O S
- P A T O L Ó G I C O S
- R E S I D U O S N O A N A T Ó M I C O S
OB J E T O S P U N Z O C O R T A N T E S
Acciones operativas
Manejo interno
Se refiere al manejo realizado dentro de las instalaciones del establecimiento
generador y comprende las siguientes actividades:
• Identificación (separación)
• Envasado (etiquetado)
• Almacenamiento temporal
• Tratamiento interno
Manejo externo
Comprende las actividades de manejo realizadas por el generador o el prestador de servicios fuera de las instalaciones del establecimiento generador, siendo las
siguientes:
• Áreas de almacenamiento
• Recolección, transporte externo y acopio
• Tratamiento
• Disposición final
Almacenamiento
La Norma Oficial Mexicana
NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 contempla que se deberá destinar un área para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos biológico-infecciosos, además, deberán almacenarse en contenedores metálicos o de plástico con tapa y ser rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la leyenda
Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos.
El periodo de almacenamiento temporal estará sujeto al tipo de establecimiento generador, como sigue:
Nivel I: Máximo 30 días.
Nivel II: Máximo 15 días.
Nivel III: Máximo 7 días.
En el caso de los residuos patológicos, humanos o de animales (que no estén en formol) deberán conservarse a una temperatura no mayor de 4°C (cuatro grados Celsius).
El área de almacenamiento temporal debe estar separada de las áreas operativas, además, debe contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles.
El diseño, construcción y ubicación de las áreas de almacenamiento temporal destinadas al manejo de RPBI, en las empresas
prestadoras de servicios, deberán ajustarse a las disposiciones señaladas y contar con la
autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
CLASIFICACIÓN DE LOS
GENERADORES
¿Qué consecuencias ocasiona un manejo inadecuado de los RPBI?
Todas las personas expuestas a RPBI corren riesgo de contaminación a través de una
exposición accidental por un mal manejo. Pueden infectarse a través de grietas, cortes en
la piel, o absorción a través de las membranas mucosas, y/o lesiones con objetos punzocortantes causando cortes y punciones (ejemplo agujas de jeringas).
¿Cuales son los principales grupos de
personas en situación de riesgo?
a. Personal médico, de enfermería, de laboratorio, de
ambulancias y de limpieza de hospitales.
b. Pacientes en establecimientos de asistencia o sometidos
a cuidados domiciliarios sobre todo niños desnutridos,
convalecientes de procesos agudos e inmunodeprimidos,
entre otros.
c. Trabajadores de servicios de apoyo para establecimientos
de asistencia sanitaria, como lavanderías, servicios de
manejo y transporte de residuos, servicios de eliminación
de residuos, incluidos incineradores, y otras personas que
separen y recuperen materiales de los residuos.
d. Usuarios fi nales que hagan un uso inapropiado o
descuidado de los residuos, como los recolectores de
desperdicios y los clientes de mercados secundarios de
reutilización de materiales (por ejemplo hogares, clínicas
médicas locales, etc.)
e. Trabajadores que manipulan los residuos fuera del
hospital.
Símbolo universal de riesgo biológico
Vigilancia de las disposiciones
La Semarnat por conducto de la Profepa vigila el cumplimiento de la norma oficial mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, así como de los demás ordenamientos legales que apliquen.
Este órgano desconcentrado cuida que la generación, almacenamiento, transporte y disposición final de este tipo de residuos no dañe al medio ambiente ni ponga en riesgo la salud de las personas en ninguna etapa del manejo de residuos.
Conclusiones:
La etapa de clasificación es la parte fundamental en el
manejo de RPBI, para evitar riesgos a la salud y daños al medio ambiente, lo cual conlleva a una mejor administración
de los recursos, reduciendo así los gastos de operación.
Por lo tanto los RPBI deberán ser identificados
para ser separados y envasados inmediatamente después de su generación, es decir, en el mismo lugar en el
que se originan y por el personal sanitario.
Por lo que es necesaria la cooperación del equipo
médico, paramédico, personal de laboratorio, de enfermería y de limpieza; así como una estrecha vinculación y
participación con el personal administrativo y directivo del
establecimiento generador de RPBI.
Una buena disposición y manejo de los residuos, disminuirá
los riesgos de contaminación al ambiente y por ende la disminución de daños a la salud de las personas. Recordemos que si no se lleva a cabo correctamente en una Institución de Salud se podrá denunciar a la misma e inclusive dar su cierre temporal por decreto de la norma.
Bibliografías:
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